FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

Competencia archiva el expediente contra los convenios entre la FEMP y los Colegios Profesionales


La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha anunciado la “terminación convencional” del expediente sancionador incoado contra la FEMP y varios Colegios Profesionales, tras la rescisión de los convenios que la Federación mantenía con dichos Colegios y el compromiso de ambas partes por el que se abstienen de firmar en el futuro nuevos convenios de contenido similar.


 
 
La FEMP se ha comprometido también a dar difusión al contenido de la terminación convencional y de los acuerdos adoptados entre todos sus asociados y a través de sus medios de difusión. La Comisión Nacional de la Competencia (CNC), ha entendido que “con la adopción de estos compromisos ofrecidos, se resuelven los posibles efectos sobre la competencia que pudieran derivarse de las conductas objeto del procedimiento incoado y, por tanto, procede la resolución convencional del expediente sin la interposición de sanción alguna”. El acuerdo de la CNC se produjo el pasado 28 de diciembre, según informa la propia Comisión.
 
El expediente ahora archivado fue incoado contra la FEMP, el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, el Consejo General de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales y el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, por una posible infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia.
 
Con todos ellos, la FEMP firmó un convenio -un borrador de acuerdo en el caso del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales- de cara a regular la prestación, por parte de estos colegios, de servicios consistentes en la verificación normativa y documental que se podrían incorporar a la tramitación de licencias municipales.
Del contenido de los convenios podía deducirse una recomendación para reservar la prestación de estos servicios a los Colegios Profesionales respectivos, excluyendo, por tanto a cualquier otra entidad o colectivo.
 
A la luz de la normativa específica sobre la regulación del visado colegial, y en la medida que los acuerdos suscritos podría producir una limitación de acceso a la prestación de estos servicios, la Dirección de Investigación de la CNC incoó hace casi un año -el 13 de enero de 2011- el expediente sancionador que ahora se ha resuelto

Sede de la CNC
09/01/2012

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